SCJN ordena revocar suspensiones contra la reforma judicial en materia electoral
La Corte establece que ningún juez puede suspender la aplicación de reformas constitucionales, y fija un plazo de 24 horas para revocar medidas cautelares.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que las suspensiones definitivas concedidas por jueces de distrito para frenar la aplicación de la reforma judicial en materia electoral son improcedentes. En consecuencia, ordenó su revocación en un plazo máximo de 24 horas. El Alto Tribunal sostuvo que ninguna autoridad judicial puede detener la entrada en vigor de normas constitucionales ya aprobadas por el Congreso y publicadas oficialmente, reiterando que las reformas constitucionales gozan de presunción de validez y solo pueden ser invalidadas por la propia SCJN a través de un control constitucional pleno. Esta resolución sienta un precedente relevante sobre los límites del poder cautelar de los jueces federales en casos que involucren reformas de alto impacto institucional.
El origen del conflicto se encuentra en una serie de juicios de amparo promovidos contra diversas disposiciones de la reforma judicial en materia electoral, aprobada en 2023 por el Poder Constituyente Permanente. Dicha reforma contempla modificaciones a la estructura del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), los mecanismos de designación de magistraturas y la delimitación de competencias en procesos comiciales. En esos juicios, algunos jueces de distrito concedieron suspensiones definitivas que paralizaban la aplicación de las nuevas reglas, incluso antes de que existiera un pronunciamiento de fondo sobre su constitucionalidad. Al analizar estos actos, la SCJN concluyó que tales suspensiones invaden la esfera exclusiva del Poder Reformador de la Constitución y contravienen principios básicos del control de constitucionalidad, como el carácter excepcional y limitado de las medidas cautelares.
La decisión de la Corte tiene implicaciones de gran calado institucional. Reafirma que la interpretación y aplicación de la Constitución corresponde, en última instancia, al máximo tribunal del país, y que los jueces de instancia carecen de facultades para suspender normas de ese rango. También delimita el alcance del juicio de amparo en materia constitucional, recordando que el control de reformas constitucionales exige un estándar más alto que el que se aplica a leyes ordinarias. Este pronunciamiento protege la estabilidad del orden normativo y garantiza la operatividad de las reformas mientras no exista una sentencia definitiva que las invalide. En términos prácticos, elimina los obstáculos legales que impedían la implementación de la reforma judicial, lo cual cobra especial relevancia al encontrarse el país en vísperas de un nuevo proceso electoral federal.
El pronunciamiento de la SCJN también envía un mensaje contundente al interior del Poder Judicial: la autonomía no puede utilizarse como pretexto para actuar fuera del marco constitucional. Si bien los jueces gozan de independencia en sus decisiones, esta debe ejercerse con apego estricto a la legalidad y dentro de los límites que impone el diseño constitucional. La Corte dejó claro que existen consecuencias cuando se exceden esas fronteras, especialmente en temas donde está comprometida la funcionalidad del sistema democrático. Al fijar un plazo de 24 horas para la revocación de las suspensiones, el Alto Tribunal no solo corrigió un exceso procesal, sino que también reafirmó su papel como garante del equilibrio entre poderes y del respeto a las decisiones del Congreso de la Unión.